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jueves, 3 de abril de 2008


CODIGO CIVIL.-

Conjunto unitario, ordenado y sistematizado de normas de Derecho privado, es decir, un cuerpo legal que tiene por objeto regular las relaciones civiles de las personas físicas y jurídicas, privadas o públicas, en este último caso siempre que actúen como particulares, es decir, desprovistas de imperium.


CODIGO PENAL.-

es un conjunto unitario y sistematizado de las normas jurídicas punitivas de un Estado, es decir, un compendio ordenado de la legislación aplicable en materia penal, que busca la eliminación de redundancias, la ausencia de lagunas y la universalidad: esto es, que no existan normas penales vigentes fuera del compendio.

lunes, 3 de marzo de 2008

CIVIL.-

Que no es militar, ni eclesiástico o religioso.

INTÉRPRETE DE LENGUA DE SIGNOS:

Profesional competente en la(s) lengua(s) de signos y la(s) lengua(s) orale(s)de un entorno, capaz de interpretar los mensajes emitidos en una de esas lenguas a su equivalente en otra de forma eficaz. (Técnicas de interpretación de la Lengua de Signos-CNSE).

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